viernes, noviembre 24, 2006

Sedaciones terminales

El caso de las sedaciones terminales en el Hospital “Severo Ochoa” de Leganés, en la Comunidad de Madrid, ha saltado a los medios de comunicación. Es un caso realmente complicado y que puede caer en análisis superficiales. El Consejero de Salud de la Comunidad de Salud destituyó a los responsables médicos de las urgencias de este centro por lo que considera que sedaciones irregulares, que han podido acelerar el fallecimiento de determinados pacientes. Todo se inició con una denuncia anónima, que según parece procede de fuentes médicas de ese centro hospitalario, y hasta el día de hoy se han deducido tres querellas, aunque no está claro si son realmente querellas o denuncias ante el Juzgado o la Fiscalía.

La sedación en el caso de enfermos terminales que están cerca de la muerte es una práctica habitual, y todos saben que aceleran la muerte de alguna forma. Creo que no es relevante que una persona muera tres días antes de lo previsible, si de ésta manera se le ahorran sufrimientos innecesarios. Es preciso el consentimiento del paciente o de sus familiares. El problema surge cuando las sedaciones se han hecho no en un estado terminal muy avanzado o no teniendo en cuenta la voluntad del paciente o de los que la puedan expresarlo en su nombre.

Las investigaciones deben ser realizadas con serenidad. No se debe excusar porque se crea que el ahorro de los sufrimientos es un absoluto en manos de los médicos, pero tampoco se debe condenar porque se considere que cualquier acción que pueda acelerar la muerte es intrínsecamente inmoral, ya que cambia el momento de un acontecimiento “natural”. Creo que las sedaciones son necesarias, incluso si hay un cierto adelanto de la muerte, siempre con los consentimientos necesarios.

La profesión médica, con toda seguridad, es la más corporativista de las que tenemos en España. Los médicos se protegen sistemáticamente. Me llama la atención que hemos llegado al caso en los que los profesionales de la medicina ya no se protegen, sino que se dividen por un motivo de conciencia.

En este punto es cuando las normas jurídicas tienen que ser precisas y claras, además de expresar su necesidad. Un asunto tan importante como es la forma en la que una persona quiere que sean sus últimos momentos antes de la muerte no puede quedar al juicio moral individual de los facultativos que, por organización administrativa, le corresponde al paciente. Las normas deben proporcionar el procedimiento, proteger a los pacientes y a los médicos y dejar suficientemente claras cuáles acciones son tenidas por correctas y cuáles no.

1 comentario:

Anónimo dijo...

...pertenezco a ese género de portugueses que al volver de la india nos quedamos sin trabajo.

por eso tomo opio. es un medicamento