domingo, octubre 28, 2007

Corrupción para todos

Una dictadura hecha régimen, como fue el Franquismo, tuvo un absoluto control de los medios de comunicación, de forma que cualquier información que pudiera afectarle y perjudicarle era hurtada a los ciudadanos o súbditos, quedándose en el mejor de los casos circunscrita al rumor entre los más enterados.

Los casos de corrupción que salieron a la luz pública fueron una operación medida, para dar un pequeño escarmiento y dar a entender a la opinión pública silenciada que el régimen no toleraba determinadas conductas que realmente eran características en el Franquismo.

El Franquismo toleraba todo tipo de corruptelas en todos los escalafones, para tener a todo el mundo cogido y que las grandes corrupciones que enriquecieron a las altas jerarquías no pudieran ni ser denunciadas y es más pudieran ser comprendidas como un ejercicio de lo mismo pero en el grado correspondiente a un grado superior. Existían constantes enchufes, “oposiciones” restringidas, la condescendencia con el mercado negro, tratos de favor, remuneraciones bajas y discrecionales, absoluta capacidad de litigiosidad y demás desviaciones,

La tolerancia con las corruptelas de todos, con las debilidades de cada uno de los que formaban parte del engranaje del régimen, para que el miedo por las faltas propias enervase toda tentación y deseo de enmendar las faltas ajenas. Esa corrupción se ha mantenido en el rumor, en el comentario o en la constatación de lo rápido que crecían determinados patrimonios en un país depauperado, quedando pendiente la investigación seria sobre este asunto.

miércoles, octubre 24, 2007

Ramoncín

No puedo con Ramoncín. Nada me gusta de él, ni su casi olvidada música (porque este chico era cantante o al menos eso decía). Pero lo que entra en la dimensión de lo inaguantable, lo mismo para mí, es que opine de todo, de que hable de cualquier cosa con una autoridad que ni los seres que más le quieren le pueden otorgar. Me destroza que quiera representar a los progresistas españoles, porque su autoproclamada representación nos denigra a los demás. Sobre el tema de la SGAE hay otros muchos que han opinado más oportunamente que yo, con más acierto e ingenio.

miércoles, octubre 17, 2007

La desgracia del crítico

Confieso que casi lo único que veo en la televisión es el programa “Sé lo que hicisteis” (en “La Sexta”). Lo paso en grande, sobre todo en la sección que encabeza Ángel Martín. El trabajo de los presentadores es bueno, pero el realmente valioso creo que es el de los documentalistas y guionistas.

A pesar de que me guste, me he dado cuenta de que “Sé lo que hicisteis” vive de la telebasura que critica, de forma que la propia existencia del programa depende de la existencia de la telebasura. Ojalá desapareciese la telebasura de nuestras parrillas y que “Sé lo que hicisteis” tuviera que transformarse en un programa de crítica televisiva, que es algo de lo que carecemos absolutamente en nuestro país.

lunes, octubre 15, 2007

La princesa del pueblo

La difunta Princesa de Gales, conocida como Lady Di, ha recibido de la prensa británica el apelativo de “la princesa del pueblo”. Siempre me ha revuelto un poco este sobrenombre y hoy voy a decir el porqué.

En primer lugar porque una princesa nunca es del pueblo, ya que la propia naturaleza de la realeza posiciona en un plano superior a una familia, una superioridad precisamente sobre el pueblo. O se es princesa, o se es del pueblo, pero ambas cosas se excluyen. Y en el caso de Diana Spencer no es admisible decir siquiera que procedía del pueblo, porque era hijo de un noble titulado y hermana de otro noble titulado.

En segundo lugar, una cosa es decir que es señora era “popular” gracias al favor que los medios de comunicación le dispensaban y otra es dar a entender que el pueblo le interesaba algo. Diana Spencer, como Princesa de Gales, se dedicó a los clásicos actos de caridad que las señoras de la realeza, de la nobleza o de la burguesía protagonizan para tener protagonismo y llenar sus vacías horas.

Esta señora fue una princesa de lo más corriente, más bien anticuada. Eso sí, con una cobertura mediática que hacía extraordinario cualquier hecho, aunque fuese una recepción de gala o una visita oficial a un país extranjero. No fue “la princesa del pueblo”, sino que se creó, con la legión de lectores de revistas del corazón, “un pueblo para la princesa”.

lunes, octubre 08, 2007

Los cargos más molones para los políticos

La ambición forma parte de la vida política desde que se organizaron las prístinas comunidades humanas. Es evidente que el deseo de hacerse con un cargo es connatural a la vida de lo que llamamos un “político”. Un gravísimo error es considerar que todos tienen el mismo tipo de ambiciones, esto es, que todos los políticos anhelan y buscan los mismos cargos. Esto es así en los cargos realmente atractivos, como es la Presidencia o un Ministerio, pero no en los de nivel un poco inferior.

Los políticos con más ambiciones no son precisamente aquellos que buscan una concejalía o un cargo que les dé notoriedad. Al contrario, los políticos con la ambición más álgida y mayor inteligencia procuran construir su carrera sobre puestos con poca notoriedad pero con mucho poder, para hacerse con resortes políticos sin tener que sufrir el continuo escrutinio público. Esto es lo que mola a los políticos: poder y anonimato, porque quién es desconocido para el gran público no corre el peligro de quedarse y siempre está en disposición de ascender a las cuotas más altas como una estrella invitada que llega a cerrar la gala por sorpresa.

¿Qué ejemplos podemos poner para ilustrar los cargos molones? Hagamos una relación, que ni mucho ni menos puede ser ni pormenorizada ni exhaustiva: las subdirecciones generales todas valen, las vicepresidencias de las diputaciones, las asesorías personales de altos cargos, los consejos de administración de las sociedades públicas o puestos directivos en la administración institucional. Tres son las variables que hacen que un sueldo sea más molón que otro: altura en la jerarquía administrativa y consiguiente poder e influencia, salario directo como en dietas y opacidad para los medios de comunicación (el ideal es que ni sepan que el cargo existe).

España es un país que paradójicamente premia más al político escondido que al político que gana elecciones. Por ejemplo, en los Estados Unidos ninguno de los dos grandes partidos hubieran presentado como candidatos ni a Mariano Rajoy ni a Rodríguez Zapatero; el primero no ha ganado nunca nada como cabeza de lista y todos los puestos que ha tenido, incluso la nominación como candidato, han sido por designación directa; el otro estaba especializado en perder elecciones como secretario del PSOE en León, aunque sí tuvo el mérito de ganar a tres candidatos más en un Congreso de un partido tan complejo como es el Partido Socialista.

La política electoral norteamericana tiene aspectos pocos brillantes como son su manía por descubrir cualquier historia sexual de los candidatos o un sistema de financiación de las campañas que tiene agujeros que nadie quiere reparar, pero también tiene virtudes como es preferir a aquel que ha sido alcalde, gobernador y senador a un personaje gris, que toda su trayectoria política ha dependido de la elección directa del “stablishment” del partido correspondiente.

Y es que en nuestro país se confunde mérito y capacidad con cargos opacos para todos y de elección directa. Un político tiene que demostrar o haber demostrado que es bueno para dirigir un gobierno del nivel que sea, porque la capacidad técnica la han de tener los funcionarios a su servicio y es allí donde nunca debería meterse.

miércoles, octubre 03, 2007

Diputaciones provinciales

La creación de las diputaciones provinciales fue obra de la Constitución Española de 1812. Su historia inicial fue tan tormentosa como la del texto constitucional que las instauró y se convirtió en una parte del programa liberal. La idea original de las diputaciones era la de otorgar cierta autonomía administrativa al nuevo ente territorial: la provincia.

Hasta la definitiva distribución provincial de Juan de Burgos las diputaciones no se consolidaron, aunque continuaron las tensiones entre quiénes pensaban que eran entes autónomos y quiénes consideraban que constituían parte de lo que hoy denominaríamos la “Administración periférica del Estado”.

Parece que nadie pensó en serio qué hacer con las diputaciones provinciales en el momento de redactar la vigente Constitución, como tampoco no se tuvo en cuenta la capacidad expansiva del sistema autonómico que la Constitución preveía. Dado que la mente de los constituyentes no pensaba que todo el territorio nacional fuera a acceder a la autonomía política, ideada solamente para zonas muy concretas.

La consecuencia de esa imprevisión es que las diputaciones provinciales, concebidas como ente local, se han quedado en una especie de tierra de nadie, política y competencialmente. A eso le añadimos que las diputaciones se encuentran sometidas, en cuanto a su regulación legal, tanto a la legislación del Estado en materia local como a la legislación de desarrollo de las distintas comunidades autónomas. El resultado es que junto a la Ley reguladora de las bases del régimen local, el Texto refundido de normas legales vigentes en materia local y a los numerosos reglamentos estatales aplicables, con el inefable Reglamento de servicios de las corporaciones locales a la cabeza, tenemos también la participación de legislación autonómica en materia de administración local, es decir, municipios y diputaciones, además de la nueva generación de nuevos entes intermedios que desafían a la imaginación administrativista más calenturienta.

Las comunidades autónomas son gobiernos y administraciones relativamente nuevas, que quieren consolidar su terreno y ampliarlo todo lo que les sea posible. Y allí, perdidas en tierra de nadie se encuentran las diputaciones provinciales, con mucha dificultad para justificar políticamente su existencia, cuando el espacio de ente intermedio entre el municipio y el Estado ya está ocupado por las autonomías, con una legitimidad democrática mayor que la que proporciona la elección indirecta de las diputaciones. La consecuencia es que el Tribunal Constitucional ha tenido que pronunciarse ya en varias ocasiones sobre leyes autonómicas reguladores de la función local en cuanto afectaban sustancialmente a las competencias de las diputaciones.

Incluso en las Comunidades Autónomas en las que no se ha tocado la regulación estatal de las diputaciones, la ciudadanía se pregunta una y otra vez para qué sirven las diputaciones, exceptuando el palpable hecho de que se proporciona mucho empleo público y altos cargos de esos que molan a los políticos (lo mismo mañana hablo de eso).

La existencia de una administración, por más territorial que sea, tiene que ser suficientemente justificada. El mero hecho de que las diputaciones existan no sirve de argumento suficiente a la hora de mantenerlas. Por sorprendente que parezca la posición del Tribunal Constitucional ha sido ésta, por más que hayan querido disfrazarlo la posición del Tribunal ha sido la siguiente: ya que las diputaciones existen, hay que buscarle una justificación constitucional que las hagan necesarias.

El Tribunal Constitucional, en repetidas sentencias (por ejemplo las SSTC 32/81, 27/87 o 109/98), ha tenido ocasión de pronunciarse sobre la situación constitucional de las diputaciones. Ha mantenido lo que podríamos denominar “explicación ontológica” que puede enunciarse diciendo que todo lo que existe es necesariamente constitucional por el mero hecho de existir, incluyendo una necesidad constitucional, por lo que no puede ser eliminado.

El Tribunal Constitucional ha recurrido a la oxidada teoría de la garantía institucional, del jurista alemán Carl Schmitt, al mantener que aunque en la Constitución no haya una mención expresa de las diputaciones las provincias son más que meras circunscripciones electoral (u otras menciones en el texto), por lo que debe haber una administración en ese territorio. Cabría preguntarle a nuestro alto Tribunal por los motivos de recurrir a una teoría propia de una Constitución, la Reichsverfassung, que no contemplaba el control judicial de constitucionalidad de los actos con rango legal, cuando nosotros sí nos encontramos dentro de un ordenamiento jurídico que no sólo tiene previsto este control, sino que además el control es centralizado.

Lo más sorprendente de todo y que demuestra la inconsistencia de la “explicación ontológica” es que el Tribunal termina adoptando la “explicación teleológica” después de solemnes proclamas de la necesidad (y consecuente ineludibilidad) de las diputaciones provinciales. La “explicación teleológica” en puridad consiste en justificar la existencia de una administración en función de las competencias que tiene atribuidas y de la mayor idoneidad de esa administración para la eficaz ejecución de sus competencias.

En principio la “explicación ontológica” no necesita de la “teleológica”, ya que la propia naturaleza administrativa de la administración conlleva unas competencias inherentes que no necesitan ser explicitadas, aunque sí deban ser concretadas normativamente. En el caso de las diputaciones provinciales no pasa esto, sino que a pesar de la indubitable existencia y la rebuscada garantía que el Tribunal Constitucional coloca en torno a las corporaciones provinciales, no es capaz de mostrar lo evidente: las competencias inherentes a una administración necesaria.

El Tribunal se conforma con exigir un mínimo de competencias sin poder siquiera trazar unos difusos límites generales. Sobre lo que el Constitucional pasa por alto es lo que en Filosofía de la Ciencia se llama contraejemplo a una teoría científica, que es la eliminación de las administraciones provinciales en las comunidades autónomas uniprovinciales, asumiendo la Comunidad todas las funciones de las diputaciones, incluso el mínimo con garantía institucional. ¿No se violaría en el caso de las comunidades uniprovinciales la garantía institucional proclama en la jurisprudencia constitucional? Si algo es necesario y por tanto ineludible, en consecuencia debería estar presente incluso en las comunidades uniprovinciales.

Finalmente, otra pregunta retórica, si las diputaciones provinciales son necesarias, y en consecuencia ineludibles, ¿por qué hay partes del territorio nacional (las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla) que no se encuentran encuadradas en ninguna provincia y no están bajo el amparo de ninguna diputación provincial.

El Tribunal Constitucional en su intento de imposibilitar a las comunidades autónomas la posibilidad de vaciar de competencias a las diputaciones, lo que ha conseguido es imposibilitar que el Estado pueda suprimirlas sin pasar por una reforma constitucional que desarticule esa garantía “ad hoc” que los magistrados vieron en el texto constitucional, pero que los demás aún no hemos conseguido encontrar.

El planteamiento ontológico siempre fracasa cuando quiere aplicarse fuera del plano de un estado dotado de soberanía, ya que las competencias soberanas están lo suficientemente definidas. Tanto en el plano de la administración territorial infraestatal como en el de la administración institucional o instrumental la única explicación que justifique la existencia de una administración es la “explicación teleológica”.

Las diputaciones provinciales no tienen ni las competencias suficientes, inherentes o atribuidas, que justifiquen la existencia de las corporaciones provinciales. Las obras en localidades de la provincia, el mantenimiento de determinadas instituciones o la promoción de actividades locales pueden ser desarrolladas con igual o mayor efectividad por las administraciones autonómicas correspondientes. Habrá quién diga que las autonomías pudieron no establecer una administración periférica y servirse de las diputaciones provinciales, pero creo que la ejecución de una política debe estar en manos de la misma legitimidad que la autoriza, asunto que no se garantiza en el caso de las diputaciones.

No sé si será mucho, pero creo que todos los españoles podríamos ahorrarnos un buen dinero si elimináramos las diputaciones provinciales de la faz de nuestro país. Los funcionarios habría que recolocarlos, pero desaparecerían cientos o miles de altos cargos e inversiones costosas si se comparan con sus resultados. De camino se podrían vender o transferir extensas propiedades de estas corporaciones para que las administraciones que se dedican a las cosas importantes, como la sanidad o la educación, puedan “hacer caja” o patrimonializar, que nunca está de más.